Inicio - VIS Vaticano - Recibir VIS - Contáctenos - Calendario VIS

El 'Vatican Information Service' (VIS) es un boletín informativo de la Oficina de Prensa Santa Sede. Transmite diariamente información sobre la actividad magisterial y pastoral del Santo Padre y de la Curia Romana... []

últimas 5 noticias

VISnews en Twitter Ver en YouTube

lunes, 12 de mayo de 2008

INDULGENCIA PLENARIA POR EL BIMILENARIO DE SAN PABLO

CIUDAD DEL VATICANO, 10 MAY 2008 (VIS).-Benedicto XVI concederá a los fieles la indulgencia plenaria con motivo del dos mil aniversario del nacimiento de San Pablo apóstol, que será válida durante todo el Año Paulino (28-VI-2008 a 29-VI-2009), según informa el decreto hecho público hoy y firmado por el cardenal James Francis Stafford y el obispo Gianfranco Girotti, O.F.M. Conv., respectivamente Penitenciario Mayor y Regente de la Penitenciaría Apostólica.

  "En la inminencia de la solemnidad litúrgica del Príncipe de los Apóstoles -dice el texto- el Sumo Pontífice (...) quiere proveer con tiempo a conceder a los fieles tesoros espirituales para su santificación, de modo que puedan renovar y reforzar (...) sus propósitos de salvación sobrenatural, ya a partir de las primeras vísperas de la recordada solemnidad, principalmente en honor del Apóstol de las Gentes, de quien se acercan los dos mil años del nacimiento terrenal".

  "Efectivamente, el don de las Indulgencias que el Romano Pontífice ofrece  a la Iglesia universal allana el camino para alcanzar la purificación interior que, mientras rinde homenaje al bienaventurado apóstol Pablo, exalta la vida sobrenatural en el corazón de los fieles y les impulsa (...) a dar frutos de buenas obras".

  Las modalidades para la obtención de las indulgencias son:

I) "A todos los fieles cristianos, arrepentidos de corazón que, debidamente purificados mediante el Sacramento de la Penitencia y alimentados con la Sagrada Comunión, visiten en peregrinación la basílica papal de San Pablo en la Via Ostiense y recen según las intenciones del Sumo Pontífice, se concede indulgencia plenaria de la pena temporal por sus pecados, una vez que hayan obtenido la remisión sacramental y el perdón de sus faltas.

  "Los fieles podrán obtener la indulgencia plenaria tanto para sí mismos como para los difuntos, todas las veces que cumplan esos actos, teniendo en cuenta que sigue siendo válida la norma por la que se puede conseguir la indulgencia plenaria solo una vez al día".

  "Para que las oraciones durante esas visitas lleven e impulsen más el ánimo de los fieles a la veneración de la memoria de San Pablo, se establece lo siguiente: los fieles, además de rezar ante el altar del Santísimo Sacramento, (...) tendrán que ir al altar de la Confesión y rezar el Padrenuestro y el Credo, añadiendo invocaciones piadosas en honor de la Bienaventurada Virgen María y de San Pablo. Y ésa devoción debe estar estrechamente unida a la memoria del Príncipe de los Apóstoles San Pedro".

II) "Los fieles cristianos de las diversas iglesias locales, cumplidas las condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Sumo Pontífice), con ánimo alejado del pecado, podrán disfrutar de la Indulgencia Plenaria participando en una función sagrada o en un culto público en honor del Apóstol de las Gentes: en los días de la  solemne apertura y clausura del Año Paulino, en todos los lugares sagrados; en otros días establecidos por el Ordinario del lugar; en los lugares sagrados dedicados a San Pablo y, para la utilidad de los fieles, en otros designados por el mismo ordinario".

  El documento concluye recordando que los fieles que "por enfermedad o justa causa" no puedan salir de casa o del lugar donde se encuentren, podrán obtener la indulgencia plenaria, si con ánimo alejado del pecado y el propósito de cumplir las tres condiciones necesarias apenas les sea posible, "se unen espiritualmente a una celebración jubilar en honor de San Pablo, ofreciendo a Dios sus oraciones y sufrimientos por la unidad de los cristianos".
PENT/DECRETO INDULGENCIA/SAN PABLO           VIS 20080512 (590)


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Copyright © VIS - Vatican Information Service