Inicio - VIS Vaticano - Recibir VIS - Contáctenos - Calendario VIS

El 'Vatican Information Service' (VIS) es un boletín informativo de la Oficina de Prensa Santa Sede. Transmite diariamente información sobre la actividad magisterial y pastoral del Santo Padre y de la Curia Romana... []

últimas 5 noticias

VISnews en Twitter Ver en YouTube

viernes, 23 de abril de 2004

OTROS ACTOS PONTIFICIOS


CIUDAD DEL VATICANO, 23 ABR 2004 (VIS).-El Santo Padre aceptó la renuncia al gobierno pastoral de la diócesis de Rancagua (Chile), presentada por el obispo Francisco Javier Prado Aránguiz, SS.CC., por motivos de edad. Le sucede el obispo Alejandro Goic Karmelic, hasta ahora coadjutor en la misma diócesis.
RE/…/PRADO:GOIC                                    VIS 20040423 (50)

AUDIENCIAS


CIUDAD DEL VATICANO, 23 ABR 2004 (VIS).-El Santo Padre recibió hoy en audiencia al cardenal Giovanni Battista Re, prefecto de la Congregación para los Obispos.
AP/…/…                                           VIS 20040423 (30)

"REDEMPTIONIS SACRAMENTUM": LITURGIA DE LA EUCARISTIA


CIUDAD DEL VATICANO, 23 ABR 2004 (VIS).-"Redemptionis Sacramentum. Sobre algunas cosas que se deben observar o evitar a cerca de la Santísima Eucaristía", el documento de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, ha sido presentado hoy en la Oficina de Prensa de la Santa Sede por el cardenal Francis Arinze y el arzobispo Domenico Sorrentino, respectivamente prefecto y secretario del dicasterio y el arzobispo Angelo Amato, S.D.B., secretario de la Congregación para la Doctrina de la Fe. También estaba presente el cardenal Julián Herranz, presidente del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos.

  El documento consta de una introducción, ocho capítulos y una conclusión, y está  dividido en 186 párrafos.

  El capítulo I,  "La Ordenación de la Sagrada Liturgia", habla del papel de la Sede Apostólica, el obispo diocesano, la conferencia episcopal, sacerdotes y diáconos en la regulación de la liturgia, con particular atención al obispo diocesano, sumo sacerdote de su rebaño. El párrafo 22 afirma: "El Obispo rige la Iglesia particular que le ha sido encomendada y a él corresponde regular, dirigir, estimular y algunas veces también reprender, cumpliendo el ministerio sagrado que ha recibido por la ordenación episcopal, para edificar su grey en la verdad y en la santidad".

  El párrafo 24 añade: "El pueblo cristiano, por su parte, tiene derecho a que el Obispo diocesano vigile para que no se introduzcan abusos en la disciplina eclesiástica, especialmente en el ministerio de la palabra, en la celebración de los sacramentos y sacramentales, en el culto a Dios y a los santos".

  Refiriéndose a las conferencias episcopales, el párrafo 28 afirma: "Todas las normas referentes a la liturgia, que la Conferencia de Obispos determine para su territorio, conforme a las normas del derecho, se deben someter a la 'reconigtio' de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, sin la cual, carecen de valor legal".

  En el apartado dedicado a los sacerdotes, el párrafo 31 precisa: "No vacíen el propio ministerio de su significado profundo, deformando de manera arbitraria la celebración litúrgica, ya sea con cambios, con mutilaciones o con añadidos".

  El capítulo II se titula: "La participación de los fieles laicos en la celebración de la Eucaristía". El párrafo 36 dice: "El sacerdocio común de los fieles y el sacerdocio ministerial o jerárquico, aunque diferentes esencialmente y no sólo en grado, se ordenan, sin embargo, el uno al otro, pues ambos participan de forma peculiar del único sacerdocio de Cristo".

  El párrafo 42 aclara: "Ni el Sacrificio eucarístico se debe considerar como 'concelebración', en sentido unívoco, del sacerdote al mismo tiempo que del pueblo presente. Al contrario, la Eucaristía celebrada por los sacerdotes es un don 'que supera radicalmente la potestad de la asamblea'. (…) La asamblea que se reúne para celebrar la Eucaristía necesita absolutamente, para que sea realmente asamblea eucarística, un sacerdote ordenado que la presida. Por otra parte, la comunidad no está capacitada para darse por sí sola el ministro ordenado (…) Por tanto, solamente con precaución se emplearán términos como 'comunidad celebrante' o 'asamblea celebrante' en otras lenguas vernáculas: 'celebrating assembly', 'assemblée célébrante', 'assemblea celebrante', y otros de este tipo".

  Sobre la cuestión de los monaguillos, el párrafo 47 observa: "Es muy loable que se conserve la benemérita costumbre de que niños o jóvenes, denominados normalmente monaguillos, estén presentes y realicen un servicio junto al altar, como acólitos, y reciban una catequesis conveniente, adaptada a su capacidad, sobre esta tarea. No se puede olvidar que del conjunto de estos niños, a lo largo de los siglos, ha surgido un número considerable de ministros sagrados. Institúyanse y promuévanse asociaciones para ellos, en las que también participen y colaboren los padres, y con las cuales se proporcione a los monaguillos una atención pastoral eficaz. Cuando este tipo de asociaciones tenga carácter internacional, le corresponde a la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos erigirlas, aprobarlas y reconocer sus estatutos. A esta clase de servicio al altar pueden ser admitidas niñas o mujeres, según el juicio del Obispo diocesano y observando las normas establecidas".

  El capítulo III: "La celebración correcta de la Santa Misa", aborda "La Materia de la Santísima Eucaristía" en el párrafo 48: "El pan que se emplea en el santo Sacrificio de la Eucaristía debe ser ázimo, de sólo trigo y hecho recientemente, para que no haya ningún peligro de que se corrompa" y en el párrafo 50: "El vino que se utiliza en la celebración del santo Sacrificio eucarístico debe ser natural, del fruto de la vid, puro y sin corromper, sin mezcla de sustancias extrañas".

  El párrafo 52 subraya: "La proclamación de la Plegaria Eucarística, que por su misma naturaleza es como la cumbre de toda la celebración, es propia del sacerdote, en virtud de su misma ordenación".

  El párrafo 59 afirma: "Cese la práctica reprobable de que sacerdotes, o diáconos, o bien fieles laicos, cambian y varían a su propio arbitrio, aquí o allí, los textos de la sagrada Liturgia que ellos pronuncian. Cuando hacen esto, convierten en inestable la celebración de la sagrada Liturgia y no raramente adulteran el sentido auténtico de la Liturgia".

    Y el párrafo 62 prosigue: "No está permitido omitir o sustituir, arbitrariamente, las lecturas bíblicas prescritas ni, sobre todo, cambiar 'las lecturas y el salmo responsorial, que contienen la Palabra de Dios, con otros textos no bíblicos'".

  La instrucción precisa en el párrafo 64 que la homilía debe pronunciarla un sacerdote, ocasionalmente un concelebrante o diácono, pero "nunca un laico".

  Respecto al momento del intercambio del signo de la paz, antes de la Santa Comunión, el párrafo 72 explica: "Conviene 'que cada uno dé la paz, sobriamente, sólo a los más cercanos a él'. 'El sacerdote puede dar la paz a los ministros, permaneciendo siempre dentro del presbiterio, para no alterar la celebración'".

  El Capítulo concluye con el párrafo 79: "Por último, el abuso de introducir ritos tomados de otras religiones en la celebración de la santa Misa, en contra de lo que se prescribe en los libros litúrgicos, se debe juzgar con gran severidad".

  El Capítulo IV, "La Sagrada Comunión", comprende "Las disposiciones para recibir la Sagrada Comunión". En el párrafo 81, se lee: "La costumbre de la Iglesia manifiesta que es necesario que cada uno se examine a sí mismo en profundidad, para que quien sea consciente de estar en pecado grave no celebre la Misa ni comulgue el Cuerpo del Señor sin acudir antes a la confesión sacramental, a no ser que concurra un motivo grave y no haya oportunidad de confesarse; en este caso, recuerde que está obligado a hacer un acto de contrición perfecta, que incluye el propósito de confesarse cuanto antes".

  Respecto a la primera Comunión de los niños, el párrafo 87 aclara: "La primera Comunión de los niños debe estar siempre precedida de la confesión y absolución sacramental. Además, la primera Comunión siempre debe ser administrada por un sacerdote y, ciertamente, nunca fuera de la celebración de la Misa".

  Por lo que concierne a la distribución de la sagrada Comunión, el documento recuerda el derecho de todos los fieles a elegir si recibirla en la boca o en la mano. En este último caso, es posible "en los en los lugares donde la conferencia de obispos lo haya permitido, con la confirmación de la Sede Apostólica. (…) Sin embargo -dice el texto-,  póngase especial cuidado en que el comulgante consuma inmediatamente la hostia, delante del ministro, y ninguno se aleje teniendo en la mano las especies eucarísticas".

  "Para administrar a los fieles laicos la sagrada Comunión bajo las dos especies, se deben tener en cuenta, convenientemente, las circunstancias -se lee en el punto 101- sobre las que deben juzgar en primer lugar los obispos diocesanos". Por otra parte, se subraya la prohibición al comulgante de "mojar por sí mismo la hostia en el cáliz, y recibir en la mano la hostia mojada".

  En el capítulo V, "Otros aspectos que se refieren a la Eucaristía", se pone de relieve que "nunca es lícito a un sacerdote celebrar la Eucaristía en un templo o lugar sagrado de cualquier religión no cristiana". A excepción de las misas que está establecido que se celebren en la lengua del pueblo, "siempre y en cualquier lugar es lícito a los sacerdotes celebrar el santo sacrificio en latín".

  De la vestidura propia del presbítero, se señala que los concelebrantes, excepto el celebrante principal, "que siempre debe llevar la casulla del color prescrito, pueden omitir 'la casulla o planeta y usar la estola sobre el alba', cuando haya una justa causa, por ejemplo el gran número de concelebrantes y la falta de ornamentos. Sin embargo, en el caso de que esta necesidad se pueda prever, en cuanto sea posible, provéase".

  "La reserva de la Santísima Eucaristía y su culto fuera de la misa" es el título del capítulo VI. "El Santísimo Sacramento será reservado en un sagrario, en la parte más noble de la iglesia, más insigne, más destacada, más convenientemente adornada. (…) Sustraer o retener las sagradas especies con un fin sacrílego, o arrojarlas, constituye uno de los 'graviora delicta', cuya absolución está reservada a la Congregación para la Doctrina de la Fe".

  La Instrucción recomienda que se "promueva insistentemente la piedad hacia la santísima Eucaristía, tanto privada como pública, también fuera de la misa, para que sea tributada por los fieles la adoración a Cristo, verdadera y realmente presente".

  El capítulo VII, "Ministerios extraordinarios de los fieles laicos" recuerda que "solamente por verdadera necesidad re recurra al auxilio de estos ministros en la celebración litúrgica". Asimismo, continúa, "nunca es lícito a los laicos asumir las funciones o las vestiduras del diácono o del sacerdote, u otras vestiduras similares".

  En el punto 158 se lee que "el ministro extraordinario de la sagrada Comunión podrá administrar la Comunión solamente en ausencia del sacerdote o diácono, cuando el sacerdote está impedido por enfermedad, edad avanzada, o por otra verdadera causa, o cuando es tan grande el número de los fieles que se acercan a la Comunión, que la celebración de la misa se prolongaría demasiado".

  En cuanto a la predicación, se recuerda que la homilía, "por su importancia y naturaleza, dentro de la misa está reservada al sacerdote o al diácono". Por otro lado, donde haya problemas para celebrar misa el domingo en una iglesia, se insta al obispo diocesano a "buscar soluciones oportunas, juntamente con el presbiterio. Entre las soluciones, las principales serán llamar para esto a otros sacerdotes o que los fieles se trasladen a otra iglesia de un lugar cercano".

  "Cuando falta el ministro sagrado u otra causa grave hace imposible la participación en la celebración eucarística", el obispo diocesano debe procurar que haya "alguna celebración dominical para esa comunidad, bajo su autoridad y conforme a las normas de la Iglesia".  Estas celebraciones son, sin embargo, "absolutamente extraordinarias" y, se lee en el documento, "es necesario evitar, diligentemente, cualquier confusión entre este tipo de reuniones y la celebración eucarística".

  En el punto 167 se hace hincapié en que "no se puede pensar en reemplazar la santa Misa dominical con celebraciones ecuménicas de la Palabra o con encuentros de oración en común con cristianos miembros de dichas (…) comunidades eclesiales, o bien con la participación en su servicio litúrgico".

   Por lo que respecta a los que han perdido el estado clerical, "se les prohibe -según el CIC- ejercer la potestad de orden. No les está permitido celebrar los sacramentos bajo ningún pretexto, salvo en el caso excepcional establecido por el derecho; ni los fieles pueden recurrir a ellos para la celebración, si no existe una justa causa que lo permita, según la norma del canon 1335".

  En el capítulo VIII, que trata de "Los remedios", se recuerda que entre los diversos abusos en la celebración litúrgica, "hay algunos que constituyen objetivamente los 'graviora delicta', los actos graves y también otros que con no menos atención hay que evitar y corregir".

  "Los 'graviora delicta' contra la santidad del sacratísimo Sacramento y Sacrificio de la Eucaristía y los sacramentos, son tratados según las 'Normas sobre los 'graviora delicta', reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe' esto es:

a) sustraer o retener con fines sacrílegos, o arrojar las especies consagradas;
b) atentar la realización de la liturgia del Sacrificio eucarístico o su simulación;
c) concelebración prohibida del Sacrificio eucarístico juntamente con ministros de Comunidades eclesiales que no tienen la sucesión apostólica, ni reconocen la dignidad sacramental de la ordenación sacerdotal;
d) consagración con fin sacrílego de una materia sin la otra, en la celebración eucarística, o también de ambas, fuera de la celebración eucarística".

  En el punto 175 se subraya que lo que se expone en esta Instrucción "no recoge todas las violaciones contra la Iglesia y su disciplina, que en los cánones, en las leyes litúrgicas y en otras normas de la Iglesia, han sido definidas por la enseñanza del Magisterio y la sana tradición. Cuando algo sea realizado mal, corríjase, conforme a las normas del derecho".

  El obispo diocesano, se afirma en el documento, "dado que tiene obligación de defender la unidad de la Iglesia universal, debe promover la disciplina que es común a toda la Iglesia, y por tanto exigir el cumplimiento de todas las leyes eclesiásticas. Ha de vigilar para que no se introduzcan abusos en la disciplina eclesiástica, especialmente acerca del ministerio de la palabra, la celebración de los sacramentos y sacramentales, el culto de Dios y de los Santos".

  Casi al final se hace hincapié en que "los delitos contra la fe y también los 'graviora delicta' cometidos en la celebración de la Eucaristía y de los otros sacramentos, sean comunicados sin demora a la Congregación para la Doctrina de la Fe". Además, "cuantas veces la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos tenga noticia, al menos probable, de un delito o abuso que se refiere a la santísima Eucaristía, se lo hará saber al Ordinario, para que investigue el hecho"

  "Cualquier católico, sea sacerdote, sea diácono, sea fiel laico, tiene derecho a exponer una queja por un abuso litúrgico, ante el Obispo diocesano o el Ordinario competente que se le equipara en derecho, o ante la Sede Apostólica, en virtud del primado del Romano Pontífice. Conviene, sin embargo, que, en cuanto sea posible, la reclamación o queja sea expuesta primero al Obispo diocesano. Pero esto se haga siempre con veracidad y caridad".

  En la conclusión, el cardenal Arinze y el arzobispo Sorrentino, firmantes del documento, manifiestan el deseo de que mediante "la diligente aplicación de cuanto se recuerda en esta Instrucción, la humana fragilidad obstaculice menos la acción del santísimo Sacramento de la Eucaristía y, eliminada cualquier irregularidad, desterrado cualquier uso reprobable, por intercesión de la Santísima Virgen María, 'mujer eucarística' resplandezca en todos los hombres la presencia salvífica de Cristo en el Sacramento de su Cuerpo y de su Sangre".
…/REDEMPTIONIS SACRAMENTUM/ARINZE:SORRENTINO VIS 20040423 (2480)

PRESENTACION DEL DOCUMENTO "REDEMPTIONIS SACRAMENTUM"


CIUDAD DEL VATICANO, 23 ABR 2004 (VIS).-El cardenal Francis Arinze y el arzobispo Domenico Sorrentino, respectivamente prefecto y secretario de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos,  presentaron hoy en la Oficina de Prensa de la Santa Sede el documento "Redemptionis Sacramentum", relativo a la liturgia y elaborado por ese dicasterio. El acto contó con la presencia del arzobispo Angelo Amato, S.D.B., secretario de la Congregación para la Doctrina de la Fe, que ha colaborado en la elaboración del texto. También estaba presente el cardenal Julián Herranz, presidente del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos.

  El cardenal Arinze explicó en su intervención los elementos positivos y negativos de la celebración del culto desde el Concilio Vaticano II y afirmó que "los abusos han sido, para muchos,  motivo de sufrimiento". "Hay una tentación a la que se debe resistir -precisó- que es la de pensar que sea una pérdida de tiempo prestar atención a los abusos litúrgicos (…) que han existido y existirán siempre. Esta objeción, parcialmente verdadera, puede llevarnos al error. Los abusos a propósito de la Sagrada Eucaristía no han tenido siempre el mismo peso. Algunos hacen que el sacramento pueda ser inválido. Otros manifiestan una carencia de fe eucarística. Otros contribuyen a sembrar confusión entre el pueblo de Dios y a desacralizar la celebración eucarística. No hay que tomar los abusos a la ligera.".
 
  El arzobispo Sorrentino puso de relieve que el documento "no hace sino recordar la normativa litúrgica vigente". La petición de que se observen estas normas, "no conlleva ninguna prohibición de profundizar y hacer propuestas, como sucede en la historia del 'movimiento litúrgico' y también se refleja normalmente en el ámbito de los estudios teológicos, litúrgicos y pastorales. Lo que hay que excluir absolutamente es hacer de la liturgia una zona franca de experimentaciones y de arbitrios personales, no justificados por ninguna buena intención".

  Por su parte, el arzobispo Amato se refirió al significado doctrinal de la Instrucción: "las normas litúrgicas -dijo- son expresión concreta de la eclesialidad de la Eucaristía. La unicidad e indivisibilidad del Cuerpo eucarístico del Señor implica la unicidad de su Cuerpo místico, que es la Iglesia una e indivisible".

  "La Instrucción -terminó- debería suscitar en la Iglesia una curiosidad sana y una acogida generosa, para contemplar con estupor renovado este gran misterio de nuestra fe e incentivar comportamientos apropiados con respecto a la Eucaristía".
OP/INSTRUCCION EUCARISTIA/…                     VIS 20040423 (390) 

AYUDAR A LOS POBRES Y ENFERMOS ES DAR TESTIMONIO DE CARIDAD


CIUDAD DEL VATICANO, 23 ABR 2004 (VIS).-Juan Pablo II recibió hoy a los miembros de la asociación caritativa romana "Circolo San Pietro". "La misión que lleváis a cabo con admirable celo apostólico es inapreciable -dijo el Papa-. Saliendo al encuentro de los pobres, ayudando a los enfermos y a cuantos sufren dais testimonio de forma concreta de la 'imaginación de la caridad', a la que invité en la carta apostólica 'Novo millennio ineunte'".

  El Santo Padre les dio las gracias por su contribución anual al Obolo de San Pedro y afirmó que este don "es una señal que reafirma aún más esta apertura a los hermanos en dificultad y es al mismo tiempo una participación concreta en el compromiso de la Sede Apostólica para responder a las necesidades crecientes de la Iglesia, especialmente en los países más pobres".

  "Os manifiesto una vez más mi aprecio por vuestra dedicación, acompañada de una fidelidad y una adhesión convencida al Sucesor de Pedro, que alimentáis rezando y escuchando todos los días la palabra de Dios. Es importante sobre todo que vuestra existencia se centre en el misterio de la Eucaristía. El secreto de la eficacia de todos nuestros proyectos es la fidelidad a Cristo".
AC/CIRCULO SAN PEDRO/…                                        VIS 20040423 (220)

Copyright © VIS - Vatican Information Service