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viernes, 3 de febrero de 2006

INDULGENCIAS EN LA JORNADA MUNDIAL DEL ENFERMO


CIUDAD DEL VATICANO, 3 FEB 2006 (VIS).-La Penitenciaría Apostólica publica hoy un decreto en el que anuncia la concesión a los fieles de indulgencias especiales con motivo de la XIV Jornada Mundial del Enfermo, que se celebra todos los años el 11 de febrero, memoria litúrgica de Nuestra Señora de Lourdes, y en 2006 concluirá con la celebración eucarística en la catedral de San Francisco Javier, en Adelaida (Australia).

  El texto explica que en la audiencia concedida por Benedicto XVI al cardenal James Francis Stafford, Penitenciario Mayor, el pasado 2 de enero, el Papa dispuso la concesión de indulgencias especiales a los enfermos, "empujado por el vivo deseo de que las enfermedades y dolores de los seres humanos, soportados con resignación y ofrecidos al Padre Eterno (...) den abundantes frutos espirituales y sobre todo, sostenido por la esperanza de que se promuevan obras e iniciativas de piedad cristiana y solidaridad social a favor de los enfermos, especialmente de los que, afectados por algún tipo de problema mental, son marginados por la sociedad y por su propia familia".

  Por lo tanto, se concederá indulgencia plenaria "a los fieles que con las condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Papa) y con ánimo alejado de cualquier pecado, participen el próximo 11 de febrero, en la catedral de Adelaida o en cualquier otro lugar establecido por la autoridad eclesiástica, a cualquier ceremonia sacra celebrada para implorar a Dios por los objetivos de la Jornada Mundial del Enfermo".

  "Los fieles que en los hospitales públicos o en casas privadas ayudan caritativamente como "buenos samaritanos" a los enfermos, especialmente a aquellos que por problemas mentales requieren más paciencia, diligencia y atención, y que, por causa de su servicio, no puedan participar en las ceremonias indicadas más arriba, obtendrán también la indulgencia plenaria si ese día prestan generosamente, al menos por unas horas, su ayuda caritativa a los enfermos como si la prestasen al mismo Cristo Señor, con el ánimo alejado de cualquier pecado y el propósito de cumplir, cuando puedan, las condiciones requeridas para la concesión de la indulgencia plenaria".

  También obtendrán la misma indulgencia plenaria los fieles que "por enfermedad, edad avanzada o razones parecidas, no puedan tomar parte en la ceremonias indicadas, (...) siempre que con el ánimo alejado de cualquier pecado y el propósito de cumplir, apenas posible, las condiciones requeridas, unidos ese día al Santo Padre, participen espiritualmente con el deseo a dicha celebración, recen con devoción por los enfermos y ofrezcan a Dios, a través de la Virgen María, "Salud de los Enfermos", sus sufrimientos físicos y espirituales".

  "La Indulgencia parcial -concluye el decreto- se concederá a todos los fieles que, del 9 al 11 del mes de febrero, recen con corazón contrito a Dios misericordioso para implorar esas finalidades en ayuda de los enfermos".
PENT/INDULGENCIAS:ENFERMOS/STAFFORD         VIS 20060203 (480)

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