CIUDAD DEL VATICANO, 24 ENE 2003 (VIS) - El Papa recibió esta mañana a los participantes en una jornada académica organizada por el Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, para conmemorar el vigésimo aniversario de la promulgación del Código de Derecho Canónico.
Juan Pablo II dijo que "en estos veinte años se ha podido constatar la necesidad que tenía la Iglesia del nuevo código. Afortunadamente las controversias del derecho se han superado casi por completo. Sin embargo, sería ingenuo ignorar lo que queda por hacer para consolidar en las actuales circunstancias históricas una verdadera cultura jurídico-canónica y una praxis eclesial atenta a la intrínseca dimensión pastoral de las leyes de la Iglesia".
La idea de elaborar un nuevo código era que los pastores y fieles tuvieran "un instrumento normativo claro, con los aspectos esenciales del orden jurídico. Sin embargo, sería simplista y desviado concebir el derecho de la Iglesia como un mero conjunto de textos legislativos, según la óptica del positivismo jurídico. Las normas canónicas se inspiran en una realidad que las trasciende".
"El nuevo Código de Derecho Canónico -y este criterio también vale para el Código de Canones de las Iglesias Orientales- debe ser interpretado y aplicado en esta óptica teológica. De esta manera se pueden evitar ciertos reduccionismos hermenéuticos que empobrecen la ciencia y la praxis canónica, alej ndolas de su verdadero horizonte eclesial. Esto sucede, como es obvio, sobre todo cuando la normativa canónica se pone al servicio de intereses ajenos a la fe y a la moral católica".
El Santo Padre hizo hincapié en "un reduccionismo peligroso que pretende interpretar y aplicar las leyes eclesiásticas separ ndolas de la doctrina del Magisterio. Según esta visión, los pronunciamientos doctrinales no tendrían ningún valor disciplinar, que habría que reconocer solo a los actos formalmente legislativos". Sin embargo, continuó, "la dimensión jurídica, siendo teológicamente intrínseca a las realidades eclesiales, puede ser objeto de enseñanzas magisteriales, incluso definitivas".
Una de las "novedades más significativas" de los dos códigos, añadió, "es la normativa que los dos textos contienen sobre los deberes y derechos de todos los fieles". La dimensión personalista permite "comprender mejor el específico e insustituible servicio que la jerarquía eclesiástica debe prestar para el reconocimiento y la tutela de los derechos de los individuos y de las comunidades en la Iglesia".
El Papa recordó que las leyes, los procesos y sanciones canónicas "adquieren así su verdadero sentido, el de un auténtico servicio pastoral". Este servicio, terminó, "a veces puede ser malentendido y contestado: precisamente entonces se hace más necesario para evitar que, en nombre de pretendidas exigencias pastorales, se tomen decisiones que pueden causar e incluso favorecer inconscientemente verdaderas injusticias".
AC;CODIGO DERECHO CANONICO;...;...;VIS;20030124;450;
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