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El 'Vatican Information Service' (VIS) es un boletín informativo de la Oficina de Prensa Santa Sede. Transmite diariamente información sobre la actividad magisterial y pastoral del Santo Padre y de la Curia Romana... []

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martes, 17 de julio de 2007

IN MEMORIAM

CIUDAD DEL VATICANO, 17 JUL 2007 (VIS).-El obispo Pedro Sbalchiero Neto, M.S., de Vacaria (Brasil), falleció el pasado 3 de julio a los 53 años.
.../IN MEMORIAM/...                        VIS 20070717 (10)

EL PAPA TRABAJA EN SU LIBRO Y PIENSA EN SU SEGUNDA ENCICLICA

CIUDAD DEL VATICANO, 17 JUL 2007 (VIS).-El director de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, padre Federico Lombardi, S.I, afirmó que el Papa está dedicando parte de sus vacaciones en la montaña a escribir la segunda parte de su libro "Jesús de Nazaret" y reflexiona sobre su próxima encíclica, "cuyo argumento será de carácter social".

  Durante una breve entrevista el pasado domingo desde Lorenzago de Cadore, donde Benedicto XVI transcurre unos días de descanso, el padre Lombardi dijo que el Santo Padre "está trabajando principalmente en la continuación de su libro sobre Jesús de Nazaret, mientras que por lo que concierne a su segunda encíclica, se encuentra todavía a un nivel inicial, de ideas y de reflexión".
 
  El director de la Oficina de Prensa recordó que los próximos 1 y 2 de septiembre el Papa participará en Loreto en un encuentro con jóvenes italianos, y del 7 al 9 del mismo mes realizará un viaje apostólico a Austria, donde visitará el santuario de Mariazell.

  Por lo que respecta al 2008, además de viajar a Sidney en julio, con motivo de la Jornada Mundial de la Juventud, es muy probable, dijo, que Benedicto XVI realice una visita a la sede las Naciones Unidas, en Nueva York y que peregrine a Lourdes con ocasión del 150 aniversario de las apariciones de la Virgen. En este contexto, el director de la Oficina de Prensa de la Santa Sede recordó que el último viaje internacional de Juan Pablo II fue a Lourdes en agosto de 2004.
.../VACACIONES:VIAJES PAPA/LOMBARDI            VIS 20070717 (270)


lunes, 16 de julio de 2007

OTROS ACTOS PONTIFICIOS

CIUDAD DEL VATICANO, 16 JUL 2007 (VIS).-El Santo Padre:

-Nombró a monseñor Mariano Crociata obispo de Noto (superficie 1.355, población 213.000, católicos 211.000, sacerdotes 123, religiosos 249, diáconos permanentes 15) en Italia. El obispo electo nació en 1953 en Castelvetrano (Italia), fue ordenado sacerdote en 1979 y hasta ahora era vicario general de la diócesis de Mazara del Vallo (Italia). Sucede al obispo Giuseppe Malandrino, cuya renuncia al gobierno pastoral de la diócesis fue aceptada por límite de edad.

-Erigió la diócesis de Sandakan (Malasia), con territorio desmembrado de la diócesis de Kota Kinabalu, haciéndola sufragánea de la sede metropolitana de Kuching.

-Nombró a don Julius Dusin Gitom, primer obispo de Sandakan (superficie 43.657, población 1.000.000, católicos 64.000, sacerdotes 6, religiosos 2) en Malasia. El obispo electo nació en 1957 en Kampung Loltos (Malasia), fue ordenado sacerdote en 1989 y hasta ahora era sacerdote de la diócesis de Kota Kinabalu.

-Nombró a monseñor Mieczyslaw Mokrzycki arzobispo coadjutor de Lviv de los Latinos (superficie 68.000, población 4.500.000, católicos 150.000, sacerdotes 138, religiosos 213, diáconos permanentes 1) en Ucrania. El arzobispo electo nació en 1961 en Majdan Lukawiecki (Polonia) y fue ordenado sacerdote en 1987. Prestó su servicio en la Secretaría Particular de los Papas Juan Pablo II (1996 a 2005) y Benedicto XVI (2005 hasta hoy).

-Nombró al obispo Marian Buczek, hasta ahora auxiliar de Lviv de los Latinos (Ucrania), obispo coadjutor de Kharkiv-Zaporizhia  de los Latinos (superficie 196.300, población 19.561.190, católicos 61.200, sacerdotes 40, religiosos 114) en Ucrania.

-Nombró a don Justin Saw Min Thide obispo auxiliar de la archidiócesis de Yangon (superficie 66.535, población 15.392.000, católicos 84.259, sacerdotes 83, religiosos 312) en Myanmar. El obispo electo nació en 1951 en Thaung (Myanmar), fue ordenado sacerdote en 1984 y hasta ahora ecónomo de la misma archidiócesis.

  El sábado, 14 de julio, se hizo público que el Santo Padre nombró a monseñor Marcello Bartolucci, subsecretario de la Congregación para las Causas de los Santos. Monseñor Bartolucci era actualmente oficial de este dicasterio.
RE:NER:ECE:NEC:NA/.../...                        VIS 20070716 (290) 


VACACIONES: DESCANSO FISICO Y ALIMENTO ESPIRITUAL


CIUDAD DEL VATICANO, 15 JUL 2007 (VIS).-Hoy a mediodía, Benedicto XVI rezó el Angelus en el castillo de Mirabello, adyacente al chalet donde transcurre un período de descanso en Lorenzago de Cadore.

  Antes de la oración mariana, el Papa dirigió unas palabras a los cientos de personas que habían acudido a saludarlo. "Frente a estos espectaculares prados, bosques y cimas que se elevan hacia el cielo -dijo- brota espontáneamente en el ánimo el deseo de alabar a Dios por las maravillas de su obra y nuestra admiración ante estas bellezas naturales se transforma fácilmente en oración".
 
  "Todo buen cristiano sabe que las vacaciones son un tiempo oportuno para que el físico descanse y el espíritu se nutra dedicando más tiempo a la oración y la meditación, para crecer en la relación personal con Cristo y conformarse cada vez más a sus enseñanzas".

  El Papa se refirió después a la lectura del evangelio de hoy, el relato del buen samaritano, y afirmó que "cada uno de nosotros debe hacerse prójimo de todo aquel que encuentra. Amar, dice Jesús, es comportarse como el Buen Samaritano. (...) Nosotros sabemos, además, que el Buen Samaritano por excelencia es Él: aún siendo Dios, no dudó en rebajarse hasta hacerse hombre y dar la vida por nosotros".

  "El amor es, por tanto, el corazón de la vida cristiana; efectivamente sólo el amor, suscitado en nosotros por el Espíritu Santo, nos hace testigos de Cristo", subrayó el Santo Padre, y recordó que a "esta importante verdad espiritual" estará dedicado el Mensaje para la XXIII Jornada Mundial de la Juventud que se publicará el próximo viernes, 20 de julio y cuyo título será: "Recibiréis la fuerza del Espíritu Santo que descenderá sobre vosotros y seréis mis testigos".

  "Este es el tema queridos jóvenes -concluyó- sobre el que os invito a reflexionar durante los meses próximos, para preparaos a la gran cita que tendrá lugar en Sydney (Australia), dentro de un año".
ANG/VACACIONES:JMJ/...                    VIS 20070716 (330)


LA ELIMINACION DE LA POBREZA ES UN COMPROMISO MORAL

CIUDAD DEL VATICANO, 14 JUL 2007 (VIS).-Hoy se hizo público el discurso del arzobispo Silvano Tomasi, observador permanente de la Santa Sede ante la Oficina de las Naciones Unidas e Instituciones Internacionales en Ginebra, durante la Sesión de Fondo 2007 del Consejo Económico Social de las Naciones Unidas (ECOSOC).

  En su discurso, pronunciado el pasado 4 de julio, el arzobispo Tomasi afirmó que "si la comunidad internacional quiere lograr un desarrollo humano integral debe seguir esforzándose para afrontar la situación de las personas que se hallan atrapadas por la pobreza y buscar nuevos modos y medios para liberarlas de sus consecuencias destructivas".

  "La eliminación de la pobreza -continuó- requiere una integración entre los mecanismos que producen riqueza y los mecanismos para la distribución de sus beneficios a nivel internacional, regional y nacional".

  El observador permanente señaló que "los proyectos de las instituciones multilaterales y países desarrollados para reducir la pobreza y mejorar el crecimiento en las regiones pobres (...) han hecho algún progreso, aunque limitado".

  Tras poner de relieve que "la eliminación de la pobreza es un compromiso moral", el arzobispo concluyó afirmando que "las diferentes religiones y culturas consideran este objetivo la tarea más importante porque libera a las personas de mucho sufrimiento y marginación, las ayuda a vivir juntas y en paz, y proporciona a los individuos y a las comunidades la libertad para proteger su dignidad y contribuir activamente en el bien común".
DELSS/POBREZA/TOMASI:GINEBRA                VIS 20070716 (250)


viernes, 13 de julio de 2007

OTROS ACTOS PONTIFICIOS

CIUDAD DEL VATICANO, 13 JUL 2007 (VIS).-El Santo Padre:

-Nombró a monseñor Roberto Busti obispo de Mantova (superficie 2.080, población 366.789, católicos 344.083, sacerdotes 233, religiosos 389) en Italia. El obispo electo nació en 1940 en Busto Arsizio (Italia), fue ordenado sacerdote en 1964 y actualmente era preboste de Lecco. Sucede al obispo Egidio Caporello, cuya renuncia al gobierno pastoral de esta misma diócesis fue aceptada por límite de edad.

-Nombró a monseñor Mario Delpini obispo auxiliar de la archidiócesis de Milán (superficie 4.217, población 5.191.510, católicos 4.913.510, sacerdotes 3.011,   religiosos 8.122, diáconos permanentes 82) en Italia. El obispo electo nació en 1951 en Gallarate (Italia), fue ordenado sacerdote en 1975 y desde hasta ahora era vicario episcopal de esta archidiócesis.

-Nombró a monseñor Franco Giulio Brambilla obispo auxiliar de la archidiócesis de Milán. El obispo electo nació en 1949 en Missaglia (Italia), fue ordenado sacerdote en 1975 y actualmente era decano de la Facultad de Teología de Italia septentrional.
NER:RE:NEA/.../...                            VIS 20070713 (170)

EL PAPA FELICITA A LOS MIEMBROS DEL CUERPO FORESTAL

CIUDAD DEL VATICANO, 13 JUL 2007 (VIS).-Se ha publicado una carta de Benedicto XVI al obispo Maffeo Ducoli, emérito de Belluno-Feltre (Italia), con motivo  de la festividad de San Juan Gualberto, patrono del Cuerpo Forestal del Estado (12 de julio).

  El obispo presidió una concelebración eucarística en la iglesia de la Virgen de las Nieves de Prá Marino, en la que participaron los miembros del Cuerpo Forestal del Comando Provincial de Belluno. La ceremonia, escribe el Papa, "adquiere este año un significado particular porque coincide con el XX aniversario de la visita que mi amado predecesor Juan Pablo II efectuó a ese humilde templo, tan amado por los habitantes de esta espléndida región".

  "Es una ocasión propicia para expresar mi aprecio y mi afecto por el Cuerpo Forestal, con la seguridad de que su actividad estará inspirada por el espíritu de servicio para estar cerca de la gente y defender las riquezas naturales, don de Dios para todos".
BXVI-CARTA/FESTIVIDAD:CUERPO FORESTAL/DUCOLI    VIS 20070713 (170)


jueves, 12 de julio de 2007

OTROS ACTOS PONTIFICIOS

CIUDAD DEL VATICANO, 12 JUL 2007 (VIS).-El Santo Padre nombró al arzobispo Edwin Frederick O'Brien, hasta ahora Ordinario Militar de Estados Unidos, arzobispo metropolitano de Baltimore (superficie 12.430, población 3.055.407, católicos 517.679, sacerdotes 545, religiosos 1.380, diáconos permanentes 178) en EE.UU. Sucede al cardenal William Henry Keeler, cuya renuncia al gobierno pastoral de la misma archidiócesis fue aceptada por límite de edad.
NER:RE/.../O'BRIEN:KEELER                    VIS 20070712 (60)

EL PAPA AGRADECE EL CONCIERTO ORGANIZADO EN SU HONOR

CIUDAD DEL VATICANO, 12 JUL 2007 (VIS).-Hoy se hizo público un mensaje del Santo Padre al párroco de Lorenzago de Cadore, localidad alpina en la que el pontífice transcurre un período de descanso, con ocasión del concierto organizado ayer por la tarde en su honor, en la fiesta de San Benito.

  En el mensaje, que fue leído ayer por la tarde en la Iglesia parroquial al inicio del concierto, el Papa comienza agradeciendo "la acogida" de los ciudadanos al llegar a "esta bella localidad rodeada de preciosos bosques y de las majestuosas montañas de los Dolomitas".

  "Doy gracias en particular -escribe- por el deseo que habéis manifestado de que transcurra un fructífero período de descanso, y que tanto agradezco porque está sostenido por la oración, con la que cuento tanto para realizar la misión que el Señor me ha confiado".

  Refiriéndose al evento musical y a la presentación de una exposición dedicada a los "Tesoros de arte en las iglesias del Alto Belluno" para "honrar a San Benito, patrono de Europa, en el día de su fiesta", el Papa da las gracias de modo especial al maestro José Luis González Uriol por el concierto con el "histórico órgano, apenas restaurado". Asimismo agradece la actuación de "los componentes de la "Schola Cantorum" de Lorenzago, porque como recuerda San Agustín, "quien canta reza dos veces"".

  Benedicto XVI concluye el breve mensaje asegurando su "participación espiritual" en este acto y enviando a la comunidad de Lorenzago de Cadore un "cordial y afectuoso saludo".
MESS/CONCIERTO/LORENZAGO                    VIS 20070712 (260)


miércoles, 11 de julio de 2007

PROTEGER DERECHOS TRABAJADORES EMIGRANTES Y FAMILIARES


CIUDAD DEL VATICANO, 11 JUL 2007 (VIS).-Ayer por la tarde se hizo público un discurso del arzobispo Agostino Marchetto, secretario del Pontificio Consejo para la Pastoral de los Emigrantes e Itinerantes, durante el Foro Global sobre Migración y Desarrollo, que se celebra en Bruselas (Bélgica) del 9 al 11 de julio.

  El arzobispo Marchetto recordó que los emigrantes "contribuyen al bienestar del país que los acoge, y por tanto, su dignidad humana debe ser respetada y sus libertades garantizadas: el derecho a una vida digna, a un trato correcto en su trabajo, al acceso a la educación, a la salud y a los demás servicios sociales, a desarrollar sus propias capacidades, a crecer desde un punto de vista humano, a manifestar libremente la propia cultura y a practicar su religión''.

  "Los derechos y deberes -continuó- van juntos. Por tanto, los emigrantes también tienen el deber de respetar la identidad y las leyes del país donde residen, de luchar por una justa integración (no asimilación) en la sociedad que les acoge y de aprender su lengua. Deben favorecer la estima y el respeto por el país que los alberga, hasta llegar a amarlo y defenderlo''.

  El jefe de la delegación de la Santa Sede en Bruselas se refirió también a los emigrantes que se hallan en situación irregular, los cuales, "independientemente de su situación jurídica -subrayó-, tienen una dignidad humana inalienable. Por eso, sus derechos deben ser salvaguardados y no ignorados o violados. De hecho, para los emigrantes, una situación irregular no significa forzosamente criminalidad. La solución es una mejor cooperación internacional que desincentive la irregularidad y un aumento de canales legales para la migración''.

  El arzobispo Marchetto concluyó renovando el llamamiento del Papa -en el mensaje para la Jornada Mundial del Emigrante y del Refugiado de este año- a los gobiernos que todavía no han ratificado la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores emigrantes y de sus familiares.
CON-SM/MIGRACION:DESARROLLO/MARCHETTO        VIS 20070711 (340)


PAPA AUTORIZA PUBLICACION DOCUMENTO CONCLUSIVO CELAM


CIUDAD DEL VATICANO, 11 JUL 2007 (VIS).-Se ha publicado hoy la Carta de Benedicto XVI a los hermanos en el Episcopado de América Latina y del Caribe, por la que autoriza la publicación del Documento Conclusivo de la V Conferencia General del Episcopado Latinoamericano y del Caribe (CELAM) que inauguró el pasado 13 de mayo en Aparecida (Brasil) durante su viaje apostólico a ese país.

  El Papa pide que el documento "sea luz y aliento para una fecunda labor pastoral y evangelizadora en los años venideros" y observa que el texto contiene "numerosas y oportunas indicaciones pastorales, motivadas con ricas reflexiones a la luz de la fe y del contexto social actual".

  "Entre otras, he leído con particular aprecio -escribe el Papa- las palabras que exhortan a dar prioridad a la Eucaristía y a la santificación del Día del Señor en los programas pastorales, así como las que expresan el anhelo de reforzar la formación cristiana de los fieles en general y de los agentes de pastoral en particular. En este sentido, ha sido para mí motivo de alegría conocer el deseo de realizar una "Misión Continental" que las Conferencias Episcopales y cada diócesis están llamadas a estudiar y llevar a cabo, convocando para ello a todas las fuerzas vivas, de modo que caminando desde Cristo se busque su rostro".

  Asimismo, durante la inauguración de la XXXI Asamblea Ordinaria del CELAM, que comenzó ayer en La Habana (Cuba), fueron elegidas las nuevas autoridades de ese organismo para el cuadrienio 2007-2011. El presidente es el arzobispo Raymundo Damasceno Assís, de Aparecida (Brasil), el vicepresidente primero es el arzobispo Baltazar Porras Cardozo, de Mérida (Venezuela) y el vicepresidente segundo, el obispo Andrés Stanovnik, O.F.M. Cap., de Reconquista (Argentina).
BXVI-CARTA/CELAM/...                        VIS 20070711 (290)


martes, 10 de julio de 2007

DOCUMENTO SOBRE CIERTOS ASPECTOS DOCTRINA SOBRE IGLESIA

CIUDAD DEL VATICANO, 10 JUL 2007 (VIS).-Hoy se hizo público el documento de la Congregación para la Doctrina de la Fe "Respuestas a algunas preguntas acerca de ciertos aspectos de la doctrina sobre la Iglesia". Está fechado el 29 de junio, solemnidad de los Santos Apóstoles Pedro y Pablo y lleva la firma del cardenal William Joseph Levada y del arzobispo Angelo Amato, S.D.B., respectivamente prefecto y secretario del dicasterio.

  Ofrecemos a continuación el texto completo del documento, que ha sido publicado en latín, italiano, francés, inglés, alemán, español, portugués y polaco:

Introducción

  El Concilio Vaticano II, con la Constitución dogmática "Lumen gentium" y con los Decretos sobre el Ecumenismo ("Unitatis redintegratio") y sobre las Iglesias orientales ("Orientalium Ecclesiarum"), ha contribuido de manera determinante a una comprensión más profunda de la eclesiología católica. También los Sumos Pontífices han profundizado en este campo y han dado orientaciones prácticas: Pablo VI en la Carta Encíclica "Ecclesiam suam" (1964) y Juan Pablo II en la Carta Encíclica "Ut unum sint" (1995).

  El sucesivo empeño de los teólogos, orientado a ilustrar mejor los diferentes aspectos de la eclesiología, ha dado lugar al florecimiento de una amplia literatura sobre la materia. La temática, en efecto, se ha mostrado muy fecunda, pero también ha necesitado a veces de puntualizaciones y llamadas de atención, como la Declaración "Mysterium Ecclesiæ" (1973), la Carta "Communionis notio" (1992) y la Declaración "Dominus Iesus" (2000), publicadas todas por la Congregación para la Doctrina de la Fe.

  La vastedad del argumento y la novedad de muchos temas siguen provocando la reflexión teológica, la cual ofrece nuevas contribuciones no siempre exentas de interpretaciones erradas, que suscitan perplejidades y dudas, algunas de las cuales han sido sometidas a la atención de la Congregación para la Doctrina de la Fe. Ésta, presuponiendo la enseñanza global de la doctrina católica sobre la Iglesia, quiere responder precisando el significado auténtico de algunas expresiones eclesiológicas magisteriales que corren el peligro de ser tergiversadas en la discusión teológica.

RESPUESTAS  A LAS PREGUNTAS

Primera pregunta: )El Concilio Ecuménico Vaticano II ha cambiado la precedente doctrina sobre la Iglesia?

Respuesta: El Concilio Ecuménico Vaticano II ni ha querido cambiar la doctrina sobre la Iglesia ni de hecho la ha cambiado, sino que la ha desarrollado, profundizado y expuesto más ampliamente.

Esto fue precisamente lo que afirmó con extrema claridad Juan XXIII al comienzo del Concilio. Pablo VI lo reafirmo, expresándose con estas palabras en el acto de promulgación de la Constitución "Lumen gentium": "Creemos que el mejor comentario que puede hacerse es decir que esta promulgación verdaderamente no cambia en nada la doctrina tradicional. Lo que Cristo quiere, lo queremos nosotros también. Lo que había, permanece. Lo que la Iglesia ha enseñado a lo largo de los siglos, nosotros lo seguiremos enseñando. Solamente ahora se ha expresado lo que simplemente se vivía; se ha esclarecido lo que estaba incierto; ahora consigue una serena formulación lo que se meditaba, discutía y en parte era controvertido". Los Obispos repetidamente manifestaron y quisieron actuar esta intención.

Segunda pregunta: )Cómo se debe entender la afirmación según la cual Iglesia de Cristo subsiste en la Iglesia católica?

Respuesta: Cristo "ha constituido en la tierra" una sola Iglesia y la ha instituido desde su origen como "comunidad visible y espiritual". Ella continuará existiendo en el curso de la historia y solamente en ella han permanecido y permanecerán todos los elementos instituidos por Cristo mismo. "Esta es la única Iglesia de Cristo, que en el Símbolo confesamos una, santa, católica y apostólica (...). Esta Iglesia, constituida y ordenada en este mundo como una sociedad, subsiste en la Iglesia católica, gobernada por el sucesor de Pedro y por los Obispos en comunión con él".

En la Constitución dogmática "Lumen gentium" 8 la subsistencia es esta perenne continuidad histórica y la permanencia de todos los elementos instituidos por Cristo en la Iglesia católica, en la cual, concretamente, se encuentra la Iglesia de Cristo en esta tierra.
   
Aunque se puede afirmar rectamente, según la doctrina católica, que la Iglesia de Cristo está presente y operante en las Iglesias y en las Comunidades eclesiales que aún no están en plena comunión con la Iglesia católica, gracias a los elementos de santificación y verdad presentes en ellas, el término "subsiste" es atribuido exclusivamente a la Iglesia católica, ya que se refiere precisamente a la nota de la unidad profesada en los símbolos de la fe (Creo en la Iglesia "una"); y esta Iglesia "una" subsiste en la Iglesia católica.

Tercera pregunta: )Por qué se usa la expresión "subsiste en ella" y no sencillamente la forma verbal "es"?

Respuesta: El uso de esta expresión, que indica la plena identidad entre la Iglesia de Cristo y la Iglesia católica, no cambia la doctrina sobre la Iglesia. La verdadera razón por la cual ha sido usada es que expresa más claramente el hecho de que fuera de la Iglesia se encuentran "muchos elementos de santificación y de verdad que, como dones propios de la Iglesia de Cristo, inducen hacia la unidad católica".

"Por consiguiente, aunque creamos que las Iglesias y comunidades separadas tienen sus defectos, no están desprovistas de sentido y de valor en el misterio de la salvación, porque el Espíritu de Cristo no ha rehusado servirse de ellas como medios de salvación, cuya virtud deriva de la misma plenitud de la gracia y de la verdad que se confió a la Iglesia".

Cuarta pregunta: )Por qué el Concilio Ecuménico Vaticano II atribuye el nombre de "iglesias" a las Iglesias Orientales separadas de la plena comunión con la Iglesia católica?

Respuesta: El Concilio ha querido aceptar el uso tradicional del término. "Puesto que estas Iglesias, aunque separadas, tienen verdaderos sacramentos y, sobre todo, en virtud de la sucesión apostólica, el sacerdocio y la Eucaristía, por los que se unen a nosotros con vínculos estrechísimos", merecen el título de "Iglesias particulares o locales", y son llamadas Iglesias hermanas de las Iglesias particulares católicas.

"Consiguientemente, por la celebración de la Eucaristía del Señor en cada una de estas Iglesias, se edifica y crece la Iglesia de Dios". Sin embargo, dado que la comunión con la Iglesia universal, cuya cabeza visible es el Obispo de Roma y Sucesor de Pedro, no es un simple complemento externo de la Iglesia particular, sino uno de sus principios constitutivos internos, aquellas venerables Comunidades cristianas sufren en realidad una carencia objetiva en su misma condición de Iglesia particular.

Por otra parte, la universalidad propia de la Iglesia, gobernada por el Sucesor de Pedro y por los Obispos en comunión con él, halla precisamente en la división entre los cristianos un obstáculo para su plena realización en la historia.

Quinta pregunta: )Por qué los textos del Concilio y el Magisterio sucesivo no atribuyen el título de "Iglesia" a las Comunidades cristianas nacidas de la Reforma del siglo XVI?

Respuesta: Porque, según la doctrina católica, estas Comunidades no tienen la sucesión apostólica mediante el sacramento del Orden y, por tanto, están privadas de un elemento constitutivo esencial de la Iglesia. Estas Comunidades eclesiales que, especialmente a causa de la falta del sacerdocio sacramental, no han conservado la auténtica e íntegra sustancia del Misterio eucarístico, según la doctrina católica, no pueden ser llamadas "Iglesias" en sentido propio.

  El Sumo Pontífice Benedicto XVI, en la audiencia concedida al Cardenal Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, ha aprobado y confirmado estas Respuestas, decididas en la Sesión Ordinaria de esta Congregación, y ha ordenado que sean publicadas.

  Las respuestas se acompañan de un comentario que explica que "las diversas cuestiones a las que la Congregación para la Doctrina de la Fe quiere contestar con el presente "Responsa" se encuadran en la visión general de la Iglesia tal como emerge de los documentos de carácter dogmático y ecuménico del Concilio Vaticano II: el Concilio de "la Iglesia sobre la Iglesia".

  "Retomando sustancialmente la enseñanza conciliar y el Magisterio post-conciliar -prosigue el texto- el nuevo documento, promulgado por la Congregación para la Doctrina de la Fe, constituye un recuerdo claro de la doctrina católica sobre la Iglesia. Además de descartar visiones inaceptables, todavía difusas en el mismo ámbito católico, también ofrece indicaciones importantes para la continuación del diálogo ecuménico. Dicho diálogo es una de las prioridades de la Iglesia Católica. (...) Pero para que el diálogo pueda ser verdaderamente constructivo, además de la apertura a los interlocutores, es necesaria la fidelidad a la identidad de la fe católica".

  "El ecumenismo católico puede presentarse a primera vista paradójico -advierte el documento-. Con la expresión "subsistit in", el Concilio Vaticano II quiso armonizar dos afirmaciones doctrinales: por un lado, que la Iglesia de Cristo, a pesar de las divisiones entre los cristianos, sigue existiendo plenamente sólo en la Iglesia católica, y por el otro, la existencia de numerosos elementos de santificación y verdad fuera de su entramado, o sea, en las Iglesias y comunidades eclesiales que todavía no están en plena comunión con la Iglesia católica".

  "Aunque la Iglesia católica tenga la plenitud de los medios de salvación, "sin embargo, las divisiones de los cristianos impiden que la Iglesia lleve a efecto su propia plenitud de catolicidad en aquellos hijos que, estando verdaderamente incorporados  a ella por el bautismo, están sin embargo separados de su plena comunión". Se trata, pues, de la plenitud de la Iglesia católica, que es ya actual, pero que tiene que crecer en los hermanos que no están en plena comunión con ella y en sus propios hijos, que son pecadores". 
CDF/DOCTRINA IGLESIA/LEVADA:AMATO            VIS 20070710 (1580)


lunes, 9 de julio de 2007

OTROS ACTOS PONTIFICIOS

CIUDAD DEL VATICANO, 9 JUL 2007 (VIS).-El Santo Padre nombró:

-Don Domingo Oropesa Lorente obispo de Cienfuegos (superficie 5.360, población 485.000, católicos 293.600, sacerdotes 23, religiosos 37, diáconos permanentes 1) en Cuba. El obispo electo nació en 1950 en Alcázar de San Juan (España), fue ordenado sacerdote en 1984 y hasta ahora era párroco de Nuestra Señora del Carmen en Florida (Cuba).

-Don Alvaro Julio Beyra Luarca obispo de Santísimo Salvador de Bayamo y Manzanillo (superficie 8.362, población 829.000, católicos 222.000, sacerdotes 13, religiosos 18) en Cuba. El obispo electo nació en 1945 en Camagüey (Cuba), fue ordenado sacerdote en 1994 y actualmente era párroco de Nuestra Señora de la Caridad de Nuevitas (Cuba).

  El pasado domingo, 8 de julio, se hizo público que el Santo Padre nombró a monseñor Vitus Huonder obispo de Chur (superficie 12.272, población 1.655.708, católicos 686.446, sacerdotes 661, religiosos 1.360, diáconos permanentes 36) en Suiza. El obispo electo nació en 1942 en Trun (Suiza), fue ordenado sacerdote en 1971 y hasta ahora vicario general de Chur para los Grigiones.

  El pasado sábado, 7 de julio, se hizo público que el Santo Padre:

-Nombró al cardenal Camillo Ruini, su vicario general para la diócesis de Roma, enviado especial a las celebraciones conclusivas de las "Misiones Ciudadanas Europeas", que tendrán lugar en Budapest (Hungría) del 16 al 22 de septiembre.

-Nombró al obispo Domenico Calcagno, hasta ahora de Savona-Noli (Italia), secretario de la Administración del Patrimonio de la Sede Apostólica (APSA), elevándolo al mismo tiempo a la dignidad arzobispal.

-Elevó a la dignidad de arzobispo a monseñor Carlo Liberati, obispo prelado de Pompei, delegado pontificio para el Santuario de la Bienaventurada Virgen del Santo Rosario.

  Por mandato del Santo Padre, el cardenal Darío Castrillón Hoyos, presidente de la Pontificia Comisión "Ecclesia Dei", ha nombrado a monseñor Mario Marini secretario adjunto de la misma Pontificia Comisión.
NER:NA/.../...                                VIS 20070709 (310)


BENEDICTO XVI DESCANSA EN LORENZAGO DE CADORE

CIUDAD DEL VATICANO, 9 JUL 2007 (VIS).-El Santo Padre partió a las 10,30 de esta mañana del aeropuerto romano de Ciampino y aterrizó en el aeropuerto de Treviso-Istrana una hora más tarde. Desde allí viajó en helicóptero hasta Lorenzago, donde llegó a las 12,30.

  Benedicto XVI transcurrirá dieciocho días en esta localidad alpina del norte de Italia y el 27 de julio se trasladará a Castelgandolfo, donde permanecerá hasta finales de septiembre.
.../VACACIONES PAPA/LORENZAGO                VIS 20070709 (80)


LOS BAUTIZADOS SON MISIONEROS DE CRISTO

CIUDAD DEL VATICANO, 8 JUL 2007 (VIS).-Benedicto XVI se asomó esta mañana a su estudio que da a la Plaza de San Pedro para rezar el Angelus con los peregrinos allí reunidos.

  El Papa comentó el Evangelio de San Lucas que narra cómo Jesús envío a setenta y dos discípulos a las aldeas que iba a visitar para que preparasen el ambiente. El evangelista subraya, dijo el Santo Padre, "que la misión no está reservada a los doce apóstoles, sino que abarca a otros discípulos. (...) Hay trabajo para todos en la viña del Señor".

  "Pero Cristo no se limita a enviar: da a los misioneros reglas precisas de comportamiento, (...) les envía de dos en dos para que se ayuden y den testimonio de amor fraternal. Les advierte que serán como "corderos en medio de lobos": tendrán que ser pacíficos a pesar de todo y llevar en cada situación un mensaje de paz". Vivirán "de lo que la Providencia les ofrezca" y "curarán a los enfermos como signo de la misericordia de Dios; se irán de donde sean rechazados, limitándose a advertir de la responsabilidad de rechazar el Reino de Dios".

  "¡Que este Evangelio -exclamó el Santo Padre- despierte en los bautizados la conciencia de ser misioneros de Cristo, llamados a prepararle el camino con las palabras y el testimonio de vida".

  Benedicto XVI habló después de su período de descanso en Lorenzago de Cadore, que comienza mañana y donde será "huésped del obispo de Treviso, en la casa que acogió al venerado Juan Pablo II".

  "Me sentará bien el aire de la montaña -dijo- y podré dedicarme más libremente a la reflexión y la oración. Deseo a todos, especialmente a los que más lo necesitan, que puedan irse de vacaciones para templar las energías físicas y espirituales y recuperar un contacto saludable con la naturaleza. La montaña, especialmente, evoca la elevación del espíritu hacia "la medida alta" de nuestra humanidad, que desgraciadamente la vida cotidiana tiende a dejar a ras de suelo".

  El Papa recordó por último la quinta peregrinación de los jóvenes a la Cruz del pico Adamello, donde Juan Pablo II estuvo dos veces, e invitó a la juventud italiana al encuentro que se celebrará en Loreto los días 1 y 2 de septiembre.
ANG/MISION:VACACIONES/...                    VIS 20070709 (390)


AUDIENCIAS

CIUDAD DEL VATICANO, 7 JUL 2007 (VIS).-El Santo Padre recibió hoy en audiencias separadas:

-Cardenal William Joseph Levada, prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe.

-Arzobispo Giovanni Lajolo, presidente de la Pontificia Comisión para el Estado de la Ciudad del Vaticano y de la Gobernación del Estado de la Ciudad del Vaticano.

-Dagmar Babcanová, embajadora de Eslovaquia, en visita de despedida.

-Arzobispo Fernando Filoni, sustituto para los Asuntos Generales de la Secretaría de Estado.

-Cardenal Giovanni Battista Re, prefecto de la Congregación para los Obispos.
AP/.../...                                VIS 20070709 (90)


ISABEL HUNGRIA AYUDE A DESCUBRIR RAICES CRISTIANAS EUROPA


CIUDAD DEL VATICANO, 7 JUL 2007 (VIS).-El Santo Padre ha escrito una carta al cardenal Peter Erdo, arzobispo de Esztergom-Budapest, primado de Hungría y presidente del Consejo de las Conferencias Episcopales Europeas, con motivo de las celebraciones por el VIII centenario del nacimiento de Santa Isabel de Turingia o de Hungría.

  En la carta, fechada el 27 de mayo, el Papa escribe que Santa Isabel "supo unir las dotes de esposa y de madre ejemplar al ejercicio de las virtudes evangélicas, que aprendió en la escuela de San Francisco de Asís".

  La santa, continúa, ofreció "un testimonio concreto, visible y significativo de la caridad de Cristo. Muchas personas, a lo largo de los siglos, han seguido su ejemplo, viendo en ella un modelo de intachables virtudes cristianas, vividas de modo radical en el matrimonio, en la familia y también durante la viudez. También se han inspirado en ella personalidades políticas, obteniendo impulso para trabajar por la reconciliación entre los pueblos".

  Benedicto XVI manifiesta el deseo de que "el conocimiento profundo de la personalidad y de la obra de Isabel de Hungría ayude a volver a descubrir las raíces cristianas de Hungría y de la misma Europa, llevando a los responsables a desarrollar el diálogo entre la Iglesia y las sociedades civiles de modo armónico y respetuoso, para construir un mundo realmente libre y solidario".
 
  El Papa pide al final que el año internacional dedicado a la santa, iniciado en Roma el pasado 17 de noviembre, "sea para los húngaros, los alemanes y para todos los europeos una ocasión propicia para resaltar el patrimonio cristiano recibido de los padres, de modo que se sigan obteniendo de aquellas raíces la fuerza necesaria para lograr un fruto abundante en el nuevo milenio que acaba de comenzar".
BXVI-CARTA/SANTA ISABEL HUNGRIA/ERDO        VIS 20070709 (300)


sábado, 7 de julio de 2007

NOTA INFORMATIVA SOBRE MOTU PROPIO SUMMORUM PONTIFICUM


CIUDAD DEL VATICANO, 7 JUL 2007 (VIS).-La Oficina de Prensa de la Santa Sede ha emitido hoy una nota informativa sobre el Motu Proprio "Summorum Pontificum", de la que reproducimos los párrafos más significativos.

  "El Motu Proprio "Summorum Pontificum" establece nuevas reglas sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma efectuada en 1970. Los motivos de esa disposición están claramente explicados en la Carta del Santo Padre a los obispos, que acompaña al Motu Proprio. (Los dos documentos se han enviado a todos los presidentes de las Conferencias Episcopales y a todos los nuncios que los han transmitido a su vez a todos los obispos).

  "La disposición fundamental es la siguiente: la liturgia romana tendrá dos formas ("usus"):

a) la forma ordinaria: es la que sigue la reforma litúrgica del Papa Pablo VI en el año 1970, como se encuentra en los libros litúrgicos entonces promulgados; hay una edición oficial en lengua latina, que puede utilizarse siempre y en todo lugar y traducciones en diversas lenguas vernáculas, editadas por las respectivas conferencias episcopales.

b) la forma extraordinaria: es la celebrada según los libros litúrgicos editados por el Beato Papa Juan XXIII en 1962".

  En el apartado 8 de la nota informativa se lee que "el obispo del lugar puede erigir una parroquia personal siempre que haya un número bastante consistente de fieles que quieran seguir la liturgia anterior. Convendría que el número de fieles fuera consistente, aunque no comparable al de las otras parroquias".

  La nota explica también algunas de las características del Misal de 1962:

  "Es un misal en lengua latina "plenario" o "integral", que contiene también las lecturas de las celebraciones (no es distinto del "Leccionario", como el misal sucesivo de 1970).
 Contiene solo una oración eucarística, el "canon Romano" (que corresponde a la oración eucarística I del Misal sucesivo, que prevé en cambio la elección entre varias oraciones eucarísticas).
Diversas oraciones (también gran parte del Canon) se rezan en voz baja por el sacerdote, de forma no audible para el pueblo.
Entre las otras diversidades se puede recordar la lectura del principio del Evangelio de San Juan  al final de la Misa.
El Misal de 1962 no prevé la concelebración. No dice nada sobre la orientación del altar y del celebrante (hacia el pueblo o no).
La carta del Papa prevé la posibilidad de enriquecimientos futuros del Misal de 1962 (inclusión de nuevos santos y prefacios).
OP/MOTU PROPRIO/ SUMMORUM PONTIFICUM   VIS 20070707 (420)


CARTA DEL PAPA A LOS OBISPOS SOBRE "SUMMORUM PONTIFICUM"

CIUDAD DEL VATICANO, 7 JUL 2007 (VIS).-Sigue la Carta de Benedicto XVI a los obispos de todo el mundo sobre el Motu Proprio Summorum Pontificum publicada hoy:

"Queridos Hermanos en el Episcopado:

Con gran confianza y esperanza pongo en vuestras manos de Pastores el texto de una nueva Carta Apostólica "Motu Proprio data" sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma efectuada en 1970. El documento es fruto de largas reflexiones, múltiples consultas y de oración.

Noticias y juicios hechos sin información suficiente han creado no poca confusión. Se han dado reacciones muy divergentes, que van desde una aceptación con alegría a una oposición dura, a un proyecto cuyo contenido en realidad no se conocía.

A este documento se contraponían más directamente dos temores, que quisiera afrontar un poco más de cerca en esta carta.

En primer lugar existe el temor de que se menoscabe la Autoridad del Concilio Vaticano II y de que una de sus decisiones esenciales - la reforma litúrgica - se ponga en duda. Este temor es infundado. Al respecto, es necesario afirmar en primer lugar que el Misal, publicado por Pablo VI y reeditado después en dos ediciones sucesivas por Juan Pablo II, obviamente es y permanece la Forma normal - la Forma ordinaria - de la Liturgia Eucarística. La última redacción del Missale Romanum, anterior al Concilio, que fue publicada con la autoridad del Papa Juan XXIII en 1962 y utilizada durante el Concilio, podrá, en cambio, ser utilizada como Forma extraordinaria de la Celebración litúrgica. Non es apropiado hablar de estas dos redacciones del Misal Romano como si fueran "dos Ritos". Se trata, más bien, de un doble uso del mismo y único Rito.

Por lo que se refiere al uso del Misal de 1962, como Forma extraordinaria de la Liturgia de la Misa, quisiera llamar la atención sobre el hecho de que este Misal no ha sido nunca jurídicamente abrogado y, por consiguiente, en principio, ha quedado siempre permitido. En el momento de la introducción del nuevo Misal, no pareció necesario emitir normas propias para el posible uso del Misal anterior. Probablemente se supuso que se trataría de pocos casos singulares que podrían resolverse, caso por caso, en cada lugar. Después, en cambio, se demostró pronto que no pocos permanecían fuertemente ligados a este uso del Rito romano que, desde la infancia, se les había hecho familiar. Esto sucedió, sobre todo, en los Países en los que el movimiento litúrgico había dado a muchas personas una notable formación litúrgica y una profunda e íntima familiaridad con la Forma anterior de la Celebración litúrgica. Todos sabemos que, en el  movimiento guiado por el Arzobispo Lefebvre, la fidelidad al Misal antiguo llegó a ser un signo distintivo externo; pero las razones de la ruptura que de aquí nacía se encontraban más en profundidad. Muchas personas que aceptaban claramente el carácter vinculante del Concilio Vaticano II y que eran fieles al Papa y a los Obispos, deseaban no obstante reencontrar la forma, querida para ellos, de la sagrada Liturgia. Esto sucedió sobre todo porque en muchos lugares no se celebraba de una manera fiel a las prescripciones del nuevo Misal, sino que éste llegó a entenderse como una autorización e incluso como una obligación a la creatividad, la cual llevó a menudo a deformaciones de la Liturgia al  límite de lo soportable. Hablo por experiencia porque he vivido también yo aquel periodo con todas sus expectativas y confusiones. Y he visto hasta qué punto han sido profundamente heridas por las deformaciones arbitrarias de la Liturgia personas que estaban totalmente radicadas en la fe de la Iglesia.

El Papa Juan Pablo II se vio por tanto obligado a ofrecer con el Motu Proprio "Ecclesia Dei" del 2 de julio de 1988, un cuadro normativo para el uso del Misal de 1962, pero que no contenía prescripciones detalladas sino que apelaba, en modo más general, a la generosidad de los Obispos respecto a las "justas aspiraciones" de aquellos fieles que pedían este uso del Rito romano. En aquel momento el Papa quería ayudar de este modo sobre todo a la Fraternidad San Pío X a reencontrar la plena unidad con el Sucesor de Pedro, intentando curar una herida que era sentida cada vez con más dolor. Por desgracia esta reconciliación hasta ahora non se ha logrado; sin embargo una serie de comunidades han utilizado con gratitud las posibilidades de este Motu Proprio. Permanece difícil, en cambio, la cuestión del uso del Misal de 1962 fuera de estos grupos, para los cuales faltaban normas jurídicas precisas, sobre todo porque a menudo los Obispos en estos casos temían que la autoridad del Concilio fuera puesta en duda. Enseguida después del Concilio Vaticano II se podía suponer que la petición del uso del Misal de 1962 se limitaría a la generación más anciana que había crecido con él, pero desde entonces se ha visto claramente que también personas jóvenes descubren esta forma litúrgica, se sienten atraídos por ella y encuentran en la misma una forma, particularmente adecuada para ellos, de encuentro con el Misterio de la Santísima Eucaristía. Así ha surgido la necesidad de un reglamento jurídico más claro que, en tiempos del Motu Proprio de 1988 no era previsible; estas Normas pretenden también liberar a los Obispos de tener que valorar siempre de nuevo cómo responder a las diversas situaciones.

En segundo lugar, en las discusiones sobre el esperado Motu Proprio, se expresó el temor de que una más amplia posibilidad de uso del Misal de 1962 podría llevar a desórdenes e incluso a divisiones en las comunidades parroquiales. Tampoco este temor me parece realmente fundado. El uso del Misal antiguo presupone un cierto nivel de formación litúrgica y un acceso a la lengua latina; tanto uno como otro no se encuentran tan a menudo. Ya con estos presupuestos concretos se ve claramente que el nuevo Misal permanecerá, ciertamente, la Forma ordinaria del Rito Romano, no sólo por la normativa jurídica sino por la situación real en que se encuentran las comunidades de fieles.

Es verdad que no faltan exageraciones y algunas veces aspectos sociales indebidamente vinculados a la actitud de los fieles que siguen la antigua tradición litúrgica latina. Vuestra caridad y prudencia pastoral serán estímulo y guía para un perfeccionamiento. Por lo demás, las dos Formas del uso del Rito romano pueden enriquecerse mutuamente: en el Misal antiguo se podrán y deberán inserir nuevos santos y algunos de los nuevos prefacios. La Comisión "Ecclesia Dei", en contacto con los diversos entes locales dedicados al usus antiquior, estudiará las posibilidades prácticas. En la celebración de la Misa según el Misal de Pablo VI se podrá manifestar, en un modo más intenso de cuanto se ha hecho a menudo hasta ahora, aquella sacralidad que atrae a muchos hacia el uso antiguo. La garantía más segura para que el Misal de Pablo VI pueda unir a las comunidades parroquiales y sea amado por ellas consiste en celebrar con gran reverencia de acuerdo con las prescripciones; esto hace visible la riqueza espiritual y la profundidad teológica de este Misal.

De este modo he llegado a la razón positiva que me ha motivado a poner al día mediante este Motu Proprio el de 1988. Se trata de llegar a una reconciliación interna en el seno de la Iglesia. Mirando al pasado, a las divisiones que a lo largo de los siglos han desgarrado el Cuerpo de Cristo, se tiene continuamente la impresión de que en momentos críticos en los que la división estaba naciendo, no se ha hecho lo suficiente por parte de los responsables de la Iglesia para conservar o conquistar la reconciliación y la unidad; se tiene la impresión de que las omisiones de la Iglesia han tenido su parte de culpa en el hecho de que estas divisiones hayan podido consolidarse. Esta mirada al pasado nos impone hoy una obligación: hacer todos los esfuerzos para que a todos aquellos que tienen verdaderamente el deseo de la unidad se les haga posible permanecer en esta unidad o reencontrarla de nuevo. Me viene a la mente una frase de la segunda carta a los Corintios donde Pablo escribe: "Corintios, os hemos hablado con toda franqueza; nuestro corazón se ha abierto de par en par. No está cerrado nuestro corazón para vosotros; los vuestros sí que lo están para nosotros. Correspondednos; ... abríos también vosotros" (2 Cor 6,11-13). Pablo lo dice ciertamente en otro contexto, pero su invitación puede y debe tocarnos a nosotros, justamente en este tema. Abramos generosamente nuestro corazón y dejemos entrar todo a lo que la fe misma ofrece espacio.

No hay ninguna contradicción entre una y otra edición del Missale Romanum. En la historia de la Liturgia hay crecimiento y progreso pero ninguna ruptura. Lo que para las generaciones anteriores esa sagrado, también para nosotros permanece sagrado y grande y no puede ser  improvisamente totalmente prohibido o incluso perjudicial. Nos hace bien a todos conservar las riquezas que han crecido en la fe y en la oración de la Iglesia y de darles el justo puesto. Obviamente para vivir la plena comunión tampoco los sacerdotes de las Comunidades que siguen el uso antiguo pueden, en principio, excluir la celebración según los libros nuevos. En efecto, no sería coherente con el reconocimiento del valor y de la santidad del nuevo rito la exclusión total del mismo.

En conclusión, queridos Hermanos, quiero de todo corazón subrayar que estas nuevas normas no disminuyen de ningún modo vuestra autoridad y responsabilidad ni sobre la liturgia, ni sobre la pastoral de vuestros fieles. Cada Obispo, en efecto es el moderador de la liturgia en la propia diócesis (cfr. Sacrosancutm Concilium, n. 22: "Sacrae Liturgiae moderatio ab Ecclessiae auctoritate unice pendet quae quidem est apud Apostolicam Sedem et, ad normam iuris, apud Episcoporum").

Por tanto, no se quita nada a la autoridad del Obispo cuyo papel será siempre el de vigilar para que todo se desarrolle con paz y serenidad. Si surgiera algún problema que el párroco no pueda resolver, el Ordinario local podrá siempre intervenir, pero en total armonía con cuanto establecido por las nuevas normas del Motu Proprio.

Además os invito, queridos Hermanos, a escribir a la Santa Sede un informe sobre vuestras experiencias tres años después de que entre en vigor este Motu Proprio. Si vinieran a la luz dificultades serias se buscarían vías para encontrar el remedio.

Queridos Hermanos, con ánimo agradecido y confiado, confío a vuestro corazón de Pastores estas páginas y las normas del Motu Prorpio. Recordemos siempre las palabras que el Apóstol Pablo dirigió a los presbíteros de Efeso "Tened cuidado de vosotros y de toda la grey, en medio de la cual os ha puesto el Espíritu Santo como vigilantes para pastorear la Iglesia de Dios, que él se adquirió con la sangre de su propio Hijo" (Hechos 20,28).
Confío a la potente intercesión de María, Madre de la Iglesia, estas nuevas normas e imparto de corazón mi Bendición Apostólica a Vosotros, queridos Hermanos, a los párrocos de vuestras diócesis y a todos los sacerdotes, vuestros colaboradores, así como a todos vuestros fieles.

Dado en San Pedro, el 7 de Julio 2007".
BXVI-CARTA/MOTU PROPRIO/SUMMORUM PONTIFICUM   VIS 20070707 (1880)


MOTU PROPRIO "SUMMORUM PONTIFICUM"

CIUDAD DEL VATICANO, 7 JUL 2007 (VIS).-Publicamos a continuación la traducción en castellano, no oficial, de la Carta Apostólica "Motu Proprio data", "Summorum Pontificum" de Benedicto XVI, sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma de 1970. El texto original está escrito en latín.

"Los sumos pontífices hasta nuestros días se preocuparon constantemente porque la Iglesia de Cristo ofreciese a la Divina Majestad un culto digno de "alabanza y gloria de Su nombre" y "del bien de toda su Santa Iglesia".

  "Desde tiempo inmemorable, como también para el futuro, es necesario mantener el principio según el cual, "cada Iglesia particular debe concordar con la Iglesia universal, no solo en cuanto a la doctrina de la fe y a los signos sacramentales, sino también respecto a los usos universalmente aceptados de la ininterrumpida tradición apostólica, que deben observarse no solo para evitar errores, sino también para transmitir la integridad de la fe, para que la ley de la oración de la Iglesia corresponda a su ley de fe". (1)

  "Entre los pontífices que tuvieron esa preocupación resalta el nombre de San Gregorio Magno, que hizo todo lo posible para que a los nuevos pueblos de Europa se transmitiera tanto la fe católica como los tesoros del culto y de la cultura acumulados por los romanos en los siglos precedentes. Ordenó que fuera definida y conservada la forma de la sagrada Liturgia, relativa tanto al Sacrificio de la Misa como al Oficio Divino, en el modo en que se celebraba en la Urbe. Promovió con la máxima atención la difusión de los monjes y monjas que, actuando según la regla de San Benito, siempre junto al anuncio del Evangelio ejemplificaron con su vida la saludable máxima de la Regla: "Nada se anticipe a la obra de Dios" (cap.43). De esa forma la Sagrada Liturgia, celebrada según el uso romano, enriqueció no solamente la fe y la piedad, sino también la cultura de muchas poblaciones. Consta efectivamente que la liturgia latina de la Iglesia en sus varias formas, en todos los siglos de la era cristiana, ha impulsado en la vida espiritual a numerosos santos y ha reforzado a tantos pueblos en la virtud de la religión y ha fecundado su piedad".

  "Muchos otros pontífices romanos, en el transcurso de los siglos, mostraron particular solicitud porque la sacra Liturgia manifestase de la forma más eficaz esta tarea: entre ellos destaca San Pío V, que sostenido de gran celo pastoral, tras la exhortación de Concilio de Trento, renovó todo el culto de la Iglesia, revisó la edición de los libros litúrgicos enmendados y "renovados según la norma de los Padres" y los dio en uso a la Iglesia Latina" .

"Entre los libros litúrgicos del Rito romano resalta el Misal Romano, que se desarrolló en la ciudad de Roma, y que, poco a poco, con el transcurso de los siglos, tomó formas que tienen gran semejanza con las vigentes en tiempos más recientes".

"Fue éste el objetivo que persiguieron los Pontífices Romanos en el curso de los siguientes siglos, asegurando la actualización o definiendo los ritos y libros litúrgicos, y después, al inicio de este siglo, emprendiendo una reforma general"(2). Así actuaron nuestros  predecesores Clemente VIII, Urbano VIII, san Pío X (3), Benedicto XV, Pío XII y el beato Juan XXIII.

"En tiempos recientes, el Concilio Vaticano II expresó el deseo che la debida y respetuosa reverencia respecto al culto divino, se renovase de nuevo y se adaptase a las necesidades de nuestra época. Movido de este deseo, nuestro predecesor, el Sumo Pontífice Pablo VI, aprobó en 1970 para la Iglesia latina los libros litúrgicos reformados, y en parte, renovados. Éstos, traducidos a las diversas lenguas del mundo, fueron acogidos de buen grado por los obispos, sacerdotes y fieles. Juan Pablo II revisó la tercera edición típica del Misal Romano. Así los Pontífices Romanos han actuado "para que esta especie de edificio litúrgico (…) apareciese nuevamente esplendoroso por dignidad y armonía"(4).

"En algunas regiones, sin embargo, no pocos fieles adhirieron y siguen adhiriendo con mucho amor y afecto a las anteriores formas litúrgicas, que habían embebido tan profundamente su cultura y su espíritu, que el Sumo Pontífice Juan Pablo II, movido por la preocupación pastoral respecto a estos fieles, en el año 1984, con el indulto especial "Quattuor abhinc annos", emitido por la Congregación para el Culto Divino, concedió la facultad de usar el Misal Romano editado por el beato Juan XXIII en el año 1962; más tarde, en el año 1988, con la Carta Apostólica "Ecclesia Dei", dada en forma de Motu proprio, Juan Pablo II exhortó a los obispos a utilizar amplia y generosamente esta facultad a favor de todos los fieles que lo solicitasen"

"Después de la consideración por parte de nuestro predecesor Juan Pablo II de las insistentes peticiones de estos fieles, después de haber escuchado a los Padres Cardenales en el consistorio del 22 de marzo de 2006, tras haber reflexionado profundamente sobre cada uno de los aspectos de la cuestión, invocado al Espíritu Santo y contando con la ayuda de Dios, con las presentes Cartas Apostólicas establecemos lo siguiente:

Art. 1.- El Misal Romano promulgado por Pablo VI es la expresión ordinaria de la "Lex orandi" ("Ley de la oración"), de la Iglesia católica de rito latino. No obstante el Misal Romano promulgado por San Pío V y nuevamente por el beato Juan XXIII debe considerarse como expresión extraordinaria de la misma "Lex orandi" y gozar del respeto debido  por su uso venerable y antiguo. Estas dos expresiones de la "Lex orandi" de la Iglesia no llevarán de forma alguna a una división de la "Lex credendi" ("Ley de la fe") de la Iglesia; son, de hecho, dos usos del único rito romano.

  Por eso es lícito celebrar el Sacrificio de la Misa según la edición típica del Misal Romano promulgado por el beato Juan XXIII en 1962, que no se ha abrogado nunca, como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia. Las condiciones para el uso de este misal establecidas en los documentos anteriores "Quattuor abhinc annis" y "Ecclesia Dei", se sustituirán como se establece a continuación:

Art. 2.- En las Misas celebradas sin el pueblo, todo sacerdote católico de rito latino, tanto secular como religioso, puede utilizar sea el Misal Romano editado por el beato Papa Juan XXIII  en 1962 que el Misal Romano promulgado por el Papa Pablo VI en 1970, en cualquier día, exceptuado el Triduo Sacro. Para dicha celebración siguiendo uno u otro misal, el sacerdote no necesita ningún permiso, ni de la Sede Apostólica ni de su Ordinario.

Art. 3.- Las comunidades de los institutos de vida consagrada y de las Sociedades de vida apostólica, de derecho tanto pontificio como diocesano, que deseen celebrar la Santa Misa según la edición del Misal Romano promulgado en 1962 en la celebración conventual o "comunitaria" en sus oratorios propios, pueden hacerlo. Si una sola comunidad o un entero Instituto o Sociedad quiere llevar a cabo dichas celebraciones a menudo o habitualmente o permanentemente, la decisión compete a los Superiores mayores según las normas del derecho y según las reglas y los estatutos particulares.

Art 4.- A la celebración de la Santa Misa,  a la que se refiere el artículo 2, también  pueden ser admitidos -observadas las normas del derecho- los fieles que lo pidan voluntariamente.

Art.5. §1.- En las parroquias, donde haya un grupo estable de fieles adherentes a la precedente tradición litúrgica, el párroco  acogerá de buen grado su petición de celebrar la Santa Misa según el rito del Misal Romano editado en 1962. Debe procurar  que el bien de estos fieles se armonice con la atención pastoral ordinaria de la parroquia, bajo la guía del obispo como establece el can. 392 evitando la discordia y favoreciendo la unidad de toda la Iglesia.
    § 2.-La celebración según el Misal del beato Juan XXIII puede tener lugar en  día ferial; los domingos y las festividades puede haber también una celebración de ese tipo.
    § 3.- El párroco permita también a  los fieles y sacerdotes que lo soliciten  la celebración en esta forma extraordinaria en circunstancias particulares, como matrimonios, exequias o celebraciones ocasionales, como por ejemplo las peregrinaciones.
    § 4.- Los sacerdotes que utilicen el Misal del beato Juan XXIII deben ser idóneos  y no tener ningún impedimento jurídico.
    §  5.- En las iglesias que no son parroquiales ni conventuales, es competencia del Rector conceder la licencia más arriba citada.
 
Art.6. En las misas celebradas con el pueblo según el Misal del Beato Juan XXIII, las lecturas pueden ser proclamadas también en la lengua vernácula, usando ediciones reconocidas por la Sede Apostólica.
 
Art.7. Si un grupo de fieles laicos, como los citados en el art. 5, §1, no ha obtenido satisfacción a sus peticiones por parte del párroco, informe al obispo diocesano. Se invita vivamente al obispo a satisfacer su deseo. Si no puede proveer a esta celebración, el asunto se remita a la Pontificia Comisión "Ecclesia Dei".
 
Art. 8. El obispo, que desea responder a estas peticiones de los fieles laicos, pero que por diferentes causas no puede hacerlo, puede indicarlo a la Comisión "Ecclesia Dei" para que le aconseje y le ayude.
 
Art. 9. §1. El párroco, tras haber considerado todo atentamente, puede conceder la licencia para usar el ritual precedente en la administración de los sacramentos del Bautismo, del Matrimonio, de la Penitencia y de la Unción de Enfermos, si lo requiere el bien de las almas.
    §2. A los ordinarios se concede la facultad de celebrar el sacramento de la Confirmación usando el precedente Pontifical Romano, siempre que lo requiera el bien de las almas.
     §3. A los clérigos constituidos "in sacris" es lícito usar el Breviario Romano promulgado por el Beato  Juan XXIII en 1962.
 
Art. 10. El ordinario del lugar, si lo considera oportuno, puede erigir una parroquia personal según la norma del canon 518 para las celebraciones con la forma antigua del rito romano, o nombrar un capellán, observadas las normas del derecho.
 
Art. 11. La Pontificia Comisión "Ecclesia Dei", erigida por Juan Pablo II en 1988, sigue ejercitando su misión.
    Esta Comisión debe tener la forma, y cumplir las tareas y las normas que el Romano Pontífice quiera atribuirle.
 
Art. 12. La misma Comisión, además de las facultades de las que ya goza, ejercitará la autoridad de la Santa Sede vigilando sobre la observancia y aplicación de estas disposiciones.
 
Todo cuanto hemos establecido con estas Cartas Apostólicas en forma de Motu Proprio, ordenamos que se considere "establecido y decretado" y que se observe desde el 14 de septiembre de este año, fiesta de la Exaltación de la Santa Cruz, pese a lo que pueda haber en contrario.
 
Dado en Roma, en San Pedro, el 7 de julio de 2007, tercer año de mi Pontificado.


NOTAS

(1) Ordinamento generale del Messale Romano 3ª ed. 2002, n.937
(2) JUAN PABLO II, Lett. ap. Vicesimus quintus annus, 4 dicembre 1988, 3: AAS 81 (1989), 899
(3) Ibid. JUAN PABLO II, Lett. ap. Vicesimus quintus annus, 4 dicembre 1988, 3: AAS 81 (1989), 899
(4) S. PIO X, Lett. ap.  Motu propio data, Abhinc duos annos, 23 ottobre 1913: AAS 5 (1913), 449-450; cfr JUAN PABLO II lett. ap. Vicesimus quintus annus, n. 3: AAS 81 (1989), 899
(5) Cfr IOANNES PAULUS II, Lett. ap. Motu proprio data Ecclesia Dei, 2 luglio 1988, 6: AAS 80 (1988), 1498
BXVI-MP/.../SUMMORUM PONTIFICUM    VIS 20070707 (1930)


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