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martes, 6 de febrero de 2007

INDULGENCIAS EN LA JORNADA MUNDIAL DEL ENFERMO

CIUDAD DEL VATICANO, 6 FEB 2007 (VIS).-La Penitenciaría Apostólica publicó a última hora de la tarde de ayer un decreto en el que anuncia la concesión a los fieles de indulgencias especiales con motivo de la XV Jornada Mundial del Enfermo, que se celebra todos los años el 11 de febrero, memoria litúrgica de Nuestra Señora de Lourdes, y cuya sede en 2007 es la ciudad de Seúl (Corea).

  "Hay que reflexionar atentamente -dice el texto- sobre el hecho de que los remedios humanos tienen un límite y que, por tanto, inevitablemente, llegará un momento que llevará al ser humano al final de su camino en esta tierra: a los enfermos que se encuentran en esa situación es necesario reservar los cuidados más atentos y la caridad más grande, para que su tránsito de este mundo al Padre goce del divino consuelo y por lo tanto, como implora la oración de la Iglesia por los moribundos, vean el dulce rostro de Jesucristo y sientan clara su voz que les llama a la gloria y a la felicidad eternas".

  "La Santa Madre Iglesia, consciente de todo ello, desea vivamente que la celebración anual de la Jornada Mundial del Enfermo, represente una catequesis eficaz sobre la enseñanza (...) del tesoro de la Revelación, acerca del valor y la función del dolor".

  Por lo tanto, se concederá indulgencia plenaria "a los fieles que con las condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Papa) y con ánimo alejado de cualquier pecado, participen el próximo 11 de febrero, en la ciudad de Seúl o en cualquier otro lugar establecido por la autoridad eclesiástica, a cualquier ceremonia sacra celebrada para implorar a Dios por los objetivos de la Jornada Mundial del Enfermo".

  "Los fieles que en los hospitales públicos o en casas privadas asisten caritativamente como "buenos samaritanos" a los enfermos, especialmente a aquellos incurables o terminales, y que a causa de su servicio no puedan participar en las ceremonias indicadas más arriba, obtendrán también la indulgencia plenaria si ese día prestan generosamente, al menos por unas horas, su asistencia caritativa a los enfermos como si la prestasen al mismo Cristo Señor, con el ánimo alejado de todo pecado y el propósito de cumplir, en cuanto puedan, las condiciones requeridas para la concesión de la indulgencia plenaria".

  También obtendrán la misma indulgencia plenaria los fieles que "por enfermedad, edad avanzada o razones parecidas, no puedan tomar parte en la ceremonias indicadas, (...) siempre que con el ánimo alejado de cualquier pecado y el propósito de cumplir, apenas posible, las condiciones requeridas, unidos ese día al Santo Padre, participen espiritualmente con el deseo a dicha celebración ofrezcan a Dios, a través de la Virgen María, "Salud de los Enfermos", sus sufrimientos físicos y espirituales".

  "La indulgencia parcial -concluye el decreto- se concederá a todos los fieles que, del 9 al 11 de febrero, recen con corazón contrito a Dios misericordioso para implorar esas finalidades en ayuda de los enfermos, especialmente los enfermos incurables o terminales".
PENT/INDULGENCIAS:ENFERMOS/...                VIS 20070206 (480)


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